domingo, 27 de junio de 2010

Los consumidores advierten: ¡ojo al nuevo IVA!

  • Puede haber dudas en el caso de servicios contratados antes del día 1
  • El IVA general pasará al 18% y el reducido al 8%
Actualizado domingo 27/06/2010 14:03
Los alimentos no básicos subirán de un 7% a un 8%. | Grtresonline

Los alimentos no básicos subirán de un 7% a un 8%. | Grtresonline

Elena Camacho

Efe.- Ante la subida del IVA, que se aplicará a partir del próximo 1 de julio, las organizaciones de consumo se preparan ya para una avalancha de consultas y reclamaciones y, de momento, intentan aclarar al consumidor cuánto debe pagar y cuándo.

El impuesto sobre el valor añadido consta en la actualidad de tres tipos impositivos: el superreducido (4%, que grava los alimentos básicos, así como los libros, el material escolar, los medicamentos o las viviendas de protección oficial), el reducido (7%, que se aplica a los alimentos no considerados básicos, las viviendas, el transporte, la hostelería, la asistencia social o sanitaria o los servicios culturales y de espectáculos) y el general (16%). Sin embargo, a partir del jueves, el IVA general pasará del 16 al 18% y el reducido aumentará un punto, hasta el 8%.

Esta subida, recuerda la Unión de Consumidores de España (UCE) además de afectar negativamente a la economía familiar, puede dar lugar a controversia, especialmente en el caso de las compras o servicios contratados antes del día 1 de julio y que tengan que abonarse después de esa fecha. Básicamente, la norma establece que la tasa de IVA aplicable debe ser la vigente en el momento en que se realiza la compra y cuando se contrate un servicio o se realice una compra que será pagada a plazos o a crédito en el plazo de un mes, el importe que debe abonar el consumidor será el que figuraba el día de la compra.

Es decir que cualquier compra o servicio contratado antes del 1 de julio debería aplicar un IVA del 16% o del 7%, según proceda, y los que se contraten después de esa fecha llevarán el nuevo tipo impositivo.

Obviamente, en los pagos que se hagan efectivos antes de la medianoche del 1 julio, el gravamen será el vigente ese día, y a partir de ahí del 18 o del 8%, según corresponda, así que si el miércoles 30 de junio están en un restaurante, dése prisa con el postre y pague la cuenta antes de la hora bruja.

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