El fallo, que desestima un recurso de la Generalitat contra una resolución del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, exige a las autoridades que los centros escolares incluyan a partir de ahora en los impresos oficiales de preinscripción la pregunta expresa sobre cuál es «la lengua habitual» de sus hijos en la que deben ser escolarizados.
La Generalitat de Cataluña se había negado a que los padres pudieran elegir el castellano como lengua vehicular, a pesar de que había al menos tres sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que instaban a garantizar ese derecho.
El fallo del Supremo recuerda que la ley de Política Lingüística, aprobada por el Parlamento de Cataluña en 1998, establece en su artículo 21.2 que «los niños tienen derecho a recibir la primera enseñanza (hasta los ocho años) en su lengua habitual, ya sea ésta el catalán o el castellano».
A pesar de la claridad y la concreción de este mandato legal, la Generalitat ha negado hasta la fecha a los padres el derecho de educar a sus hijos en castellano con una serie de pretextos y argumentos que han convertido la ley en papel mojado. En su fallo, el Supremo subraya que la Generalitat tiene no solamente la obligación de ofrecer esos formularios para que los padres elijan sino que además debe velar «para que los derechos que contempla la ley no sean meramente teóricos o ilusorios sino reales y efectivos». Dicho con otras palabras, la Generalitat tiene que garantizar que ese derecho a elegir se pueda materializar y no se limite a una mera posibilidad abstracta.(...)
( Información de e-pesimo de editorial "El Mundo")
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