domingo, 18 de marzo de 2012

Convivencia Cívica Catalana se querellará por prevaricación contra la consejera de Enseñanza

El abogado de la entidad y los padres, Ángel Escolano (segundo por la izquierda), y el presidente de Convivencia Cívica, Francisco Caja (segundo por la derecha), junto a tres padres de otros tantos niños que han ganado los juicios contra la Generalidad
Periodista Digital

Convivencia Cívica Catalana se querellará por prevaricación contra la consejera de Enseñanza

Reclamarán a la Generalidad indemnizacionaciones de 120.000 euros por cada niño al que se le negó la escolarización en castellano

La asociación presentará una queja ante el CGPJ contra el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña

Redacción Cataluña, 16 de marzo de 2012 a las 06:00
Encuesta¿Está de acuerdo con los padres demandantes y Convivencia Cívica en su denuncia contra la consejera de Enseñanza, Irene Rigau (CiU)?
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Francisco Caja en la presentación del estucio de Convivencia Cívica Catalana.

  • Escolano, la madre de uno de los niños que recurrió al Supremo, María José García Cuevas (diputada autonómica del PP) y Caja
  • Francisco Caja en la presentación del estucio de Convivencia Cívica Catalana.
La asociación Convivencia Cívica Catalana (CCC) anunció que presentará una querella por prevaricación contra la consejera deEnseñanza de la Generalidad de Cataluña. Laentidad considera que Irene Rigau (CiU) está "incitado" al incumplimiento de la ley al negarse a aplicar las sentencias del Tribunal Supremo en materia lingüística --El TS ordena a la Generalidad de Cataluña adaptar su sistema de enseñanza para que el castellano sea lengua vehicular--.
El presidente de Convivencia Cívica, Francisco Caja, dijo que:
Rigau y el Gobierno autonómico han incitado a la sociedad catalana a cometer un delito al animarla a defender la inmersión lingüística en las escuelas pese a que el Tribunal Supremo ya declaró que esto vulneraba los derechos de los alumnos.
Según la entidad cívica, Rigau está cometiendo un delito por haber expresado en público "su voluntad manifiesta de desacatar la sentencia" del Supremo, que en cinco ocasiones ha dictado que la Consejería de Enseñanza debe aplicar el bilingüismo en las aulas de Cataluña --El rendimiento escolar de los niños castellanohablantes en Cataluña es peor por la inmersión--.
QUEJA FORMAL ANTE EL CGPJ
Caja informó que el próximo lunes 19 de marzo de 2012 la entidad presentará el recurso de casación contra el auto del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que hace unos días rectificó al Supremo --pese a que no era la cuestión--.
Convivencia Cívica, que presentará una queja formal ante el Consejo General del PoderJudicial (CGPJ) por considerar que los magistrados del TSJC se extralimitaron de sus funciones --Presión a los magistrados que decidirán sobre la inmersión en catalán--, criticó que las decisiones del Supremo, en Cataluña, no se apliquen:
No puede ser que el sistemático ataque a la Constitución que está llevando a cabo el Gobierno autonómico quede impune, por lo que la justicia debe pronunciarse.
Y recordó que Rigau está negando, sistemáticamente, la educación en bilingüe, tal y como han establecido los tribunales, a los centenares de padres que lo han solicitado expresamente ante la Consejería de Enseñanza de la Generalidad.
INDEMNIZACIONES DE UNOS 120.000 EUROS
Por otro lado, uno de los abogados de la entidad y que asesoran a los padres que han ganado los juicios contra la Generalidad, animó a las familias que quieran una enseñanza en los dos idiomas oficiales de Cataluña a reclamarla.
En este sentido, Ángel Escolano informó que a partir de ahora incluirán una petición de indemnización por cada hijo que no haya sido escolarizado tal y como establece la ley y han interpretado los tribunales en torno a los 120.000 euros (variará en función de cada caso).
"En el momento que presenten una reclamación administrativa el taxímetro del dinero empezará a correr", señaló Escolano, antes de explicar que las cinco familias para las que el Supremo ya se ha pronunciado merecen indemnizaciones correspondientes a los años que han transcurrido desde que se interpuso la demanda inicial.

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