lunes, 15 de septiembre de 2008

El revolcón a Ibarretxe derriba los pilares del Estatut, según el PP


DESAFIO NACIONALISTA / Los 'populares' afirman que los mismos argumentos del Constitucional pueden ser aplicados a «aspectos clave» de la norma catalana / Afectará al concepto de nación y al autogobierno
El revolcón a Ibarretxe derriba los pilares del Estatut, según el PP

Un informe jurídico sostiene que la sentencia del TC invalida conceptos como 'los derechos del pueblo catalán', 'Cataluña como nación', 'el derecho inalienable de Cataluña al autogobierno', 'los poderes de la Generalitat emanan del pueblo de Cataluña', 'los derechos históricos' o 'los símbolos nacionales'

AGUSTIN YANEL

MADRID.-
La dirección del PP está convencida de que los argumentos que ha utilizado el Tribunal Constitucional para rechazar la consulta que pretendía convocar el lehendakari Ibarretxe permiten prever que declarará inconstitucionales varios aspectos claves del Estatuto catalán. Según un informe jurídico, es probable que anule conceptos del Estatut sobre «los derechos del pueblo catalán», «Cataluña como nación», «el derecho inalienable de Cataluña al autogobierno», «los poderes de la Generalitat emanan del pueblo de Cataluña», «los derechos históricos» y lo referido a «los símbolos nacionales».

Para sustentar su convencimiento de que buena parte del Estatuto catalán es inconstitucional, el PP encargó a un equipo de juristas -coordinados por la portavoz de los populares en el Congreso, Soraya Sáenz de Santamaría, que es abogada del Estado y profesora universitaria de Derecho Administrativo- que estudiaran la sentencia sobre la consulta vasca y la incidencia que puede tener en la próxima resolución sobre el Estatuto catalán. Su conclusión, según un documento al que ha tenido acceso EL MUNDO, es clara: los argumentos con los que el Constitucional ha rechazado la pretensión de Ibarretxe pueden incidir en algunos aspectos «fundamentales» del Estatut, como los ya citados.

Esos juristas reconocen que las fórmulas utilizadas para aprobar el Estatut y para proponer la consulta vasca son distintas, y que también lo es el alcance de lo que se plantea en uno y otro caso. Pero explican que los magistrados han incluido en su sentencia una serie de «precisiones» sobre el ordenamiento constitucional español que «despliega sus efectos sobre la interpretación de nuestro modelo de Estado en su conjunto». Es decir, que son aplicables al Estatuto catalán.

¿Cuáles son esas precisiones? Sobre todo, las siguientes:

En primer lugar, la sentencia deja bien claro que la soberanía corresponde en exclusiva a «la nación española constituida en Estado» porque así lo decidió «la nación española, única e indivisible».

En segundo lugar, la sentencia explica que la Comunidad Autónoma Vasca -como las 16 restantes que constituyen el Estado español- fue creada en el marco de la Constitución y tiene un derecho a la autonomía, pero eso no puede confundirse con la soberanía.

Por este motivo, los magistrados afirman que la relación entre una comunidad autónoma y el Estado no es «entre iguales ni en el mismo plano». Para que fuera posible una relación de tú a tú, como sostiene la Generalitat, habría que redefinir qué es la «voluntad soberana de la Nación». Y, como esto afecta a la ciudadanía de toda España, la única manera de hacerlo es con una modificación de la Constitución en la que participen las Cortes y los ciudadanos a través de un referéndum, no sólo los del País Vasco.

En el PP consideran que esos argumentos corroboran que ellos tienen razón cuando, como han dicho en su recurso contra el Estatuto catalán, han recordado otra sentencia del Constitucional que señala: la «unidad de la Nación española se traduce en una organización, el Estado, para todo el territorio nacional»; la autonomía es un «poder limitado» y no puede oponerse al «principio de unidad»; la Constitución prevé que el Estado se sitúe en una «posición de superioridad» frente a las comunidades y ayuntamientos por el principio de unidad.

Tras ese análisis, esos juristas opinan que la sentencia citada incidirá en varios aspectos del Estatut:

Nación y autogobierno.

El Estatuto indica que el autogobierno catalán se sustenta en la Constitución y en «los derechos del pueblo catalán»; el Parlament ha definido a esa comunidad como una «nación»: los poderes de la Generalitat «emanan del pueblo catalán».

Relación Generalitat-Estado.

El Estatut contempla una relación de bilateralidad entre la Comunidad Autónoma de Cataluña y el Estado que no es posible defender.

Nuevo orden constitucional.

El Estatuto ha redefinido el orden constitucional, pero no según las normas previstas para modificar la Constitución -con la intervención de las Cortes y un referéndum-, sino aprovechando la reforma de un Estatuto de Autonomía.

Estos aspectos del Estatuto catalán se van a ver afectados de manera directa por los argumentos del Constitucional, según el PP. Y, si se cumplen sus pronósticos, serán declarados inconstitucionales.

elmundo.es Documento: Consulte la sentencia del Tribunal Constitucional sobre la consulta de Ibarretxe.

LO QUE DICE LA SENTENCIA

La soberanía. En su resolución sobre la consulta que quería Ibarretxe, el Constitucional indica que la soberanía es «exclusiva de la nación española, constituida en Estado». El Estado, añade, es «la expresión formalizada de un ordenamiento constituido, de acuerdo con la Constitución, por la voluntad soberana de la nación española, única e indivisible».

La autonomía. El pueblo vasco «no es titular de ningún derecho soberano». La Comunidad Autónoma Vasca es «un sujeto creado, en el marco de la Constitución, por los poderes constituidos en virtud del ejercicio de un derecho a la autonomía reconocido por la norma fundamental». Por tanto, la relación entre el Estado y una comunidad autónoma no es entre iguales ni en el mismo plano.

LO QUE DICE EL 'ESTATUT'

La soberanía. El nuevo Estatuto de Autonomía de Cataluña, que entró en vigor en agosto del año 2006, establece lo siguiente: «El Parlamento de Cataluña, recogiendo el sentimiento y la voluntad de la ciudadanía de Cataluña, ha definido de forma ampliamente mayoritaria a Cataluña como nación. La Constitución Española, en su artículo segundo, reconoce la realidad nacional de Cataluña como nacionalidad».

La autonomía. «El autogobierno de Cataluña se fundamenta en la Constitución, así como en los derechos del pueblo catalán que, en el marco de aquélla, dan origen en este Estatuto [de Autonomía de Cataluña] al reconocimiento de una posición singular de la Generalitat», añade el 'Estatut', en referencia al Gobierno autonómico catalán.


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